En tal virtud este JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERÍDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, el Tribunal HOMOLOGA dicha CONVENIMIENTO, le imparte el carácter de sentencia pasada con Autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente da por TERMINADO EL PRESENTE JUICIO. Se ordena el archivo del expediente.