PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de interdicción de la ciudadana DESIREE DEL CARMEN GONZÁLEZ BRICEÑO, presentada por ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sala de Juicio Nº 2, por la ciudadana DELLY RAMONA BRICEÑO VIUDA DE GONZÁLEZ, debidamente asistida por la abogada NELLY DARÍAS DE TORRES, inscrita en el Inpreabogado con el número 17.735.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decreta la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana DESIREE DEL CARMEN GONZÁLEZ BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.832.665, con todas las consecuencias legales que de esta declaratoria se derivan.
TERCERO: Se DEJA SIN EFECTO el nombramiento del ciudadano CARLOS ANTONIO BRICEÑO RIVAS, como tutor de la declarada entredicha, efectuado por el Tribunal de la causa de manera extemporánea.
CUARTO: Se advierte al a quo que, en relación con la designación del tutor def.....