En el caso en comento la parte actora no aporto pruebas suficientes, que demostrara en modo alguno el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la mediada peticionada, y por tanto, los documentos reflejados como: a) documento de venta de derechos y acciones (en original f. 05 al 09), b) documento venta con reserva de usufructo (en copia simple f. 10 al 12), y c) contrato de arrendamiento (en copia simple f. 14 al 19), y que fueron presentados al expediente junto con el libelo de la demandada, no son elementos probatorios suficientes para decretar la medida preventiva solicitada; en razón de ello, quién Juzga ordena a la parte actora, ampliar las pruebas aportadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 601 supra señalado por cuanto el demandante no demuestra el riesgo manifiesto o daño que puede sufrir por tardanza en la tramitación del juicio o de que quede ilusoria la ejecución del fallo. Por tal razón, resulta forzoso concluir que la Medida Solicitada no prosper.....