Se declara INADMISIBLE las apelaciones interpuestas, la primera en fecha 9 de diciembre de 2013, por el apoderado actor PABLO IZARRA GONZÁLEZ y la segunda en fecha 10 de diciembre de 2013, por la abogado MARSILIA ANGARITA CAMACHO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano LEOPOLDO ANGARITA GONZÁLEZ, contra la decisión interlocutoria de fecha 25 de noviembre de 2013, dictada por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Por orden público, se declara LA NULIDAD del fallo dictado en fecha 25 de noviembre de 2013, por el mencionado Juzgado. En virtud del pronunciamiento anterior, se decretó LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado en que se encontraba para la mencionada fecha -- 25 de noviembre de 2013--, a los efectos de que el mencionado Juzgado, proceda a declarar la inadmisibilidad de la tercería intentada.