DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a la Solicitante y a los hijos del causante, ya identificados; en consecuencia Declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana ISABEL FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.047.247, domiciliada en Sector la Vega, Calle los Zerpas, transversal 1, Casa N° 10-T, Ejido Jurisdicción de la Parroquia Fernández Peña, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida. ASÍ SE DECIDE.
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