DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente considearadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida en Funciones de Juicio N° 03, actuando como unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley CONDENA a la ciudadana CAROLINA BALLEN OCAMPO, venezolana, mayor de edad, titular del cédula de identidad N° 15.084.926, natural de Santa María de Iripe estado Guárico, estudiante, de de 22 años de edad, nacida en fecha 01/03/1982, domiciliada en la Av. Universidad, Calle El Ceibo, Edif. Milla, Piso 3, Apto 3-4, hija de Edgar Ballen y Marta Soledad Ocampo de Ballen, a cumplir la pena de DOS (02) DE PRISIÓN, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, como autora y responsable en la comisión del delito de BIGAMIA, previsto y sancionado en el Art. 402 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano ALEJANDRO RAFAEL MARTINEZ GARCIA, pena esta que deberá cum.....