DISPOSITIVA
El tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 01 de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 173, 679 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 646 y 647 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda el EJECUTESE de la sentencia de sobreseimiento en tal sentido se ordena al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas subdelegación el Vigía Estado Mérida; la destrucción del arma de fuego de fabricación rudimentaria de las denominadas tipo revolver, (chopo), calibre 38, según experticia No.9700-230-742 de fecha 11-11-2004, cursante al folio (40 y su vuelto) . De todo lo acordado se levantará un acta que deberá ser remitida a este tribunal a fines de ser agregada al expediente. Ofíciese con copia de los folios (40 y su vuelto). Notifíquese. .....