Este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACORDÓ a solicitud del Ministerio Público, REVOCAR al imputado SILVANO ENRIQUE AVENDAÑO GUILLEN, LA MEDIDA CAUTELAR, todo de conformidad con el art. 262 numerales 2 y 3 del COPP. En consecuencia líbrar los oficios a los diferentes Cuerpos Policiales y de Investigación, a los fines de hacer efectiva dicha orden, y una vez aprehendido el imputado en mención, se fijara Audiencia Preliminar. Expídase copia simple del Acta a la Defensa Pública. Partes notificadas art 177 del COPP.