EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, este Tribunal administrando justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECRETA LA CESACIÒN DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA impuesta contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado y como consecuencia la extinción de la responsabilidad penal, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal. -------------
A los fines de imponer a las partes (fiscal, victima, defensa y sentenciado) de la presente decisión se acuerda librar boletas de notificación. Notifíquese mediante oficio al Director del Instituto Nacional del Menor, Seccional Mèrida, con cargo urgente a la trabajadora social Dora Hilda Belandria. CUMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA DE EJECUCIÓN. Nº 1
ABG. MELISA QUIROGA DE SÁNCHEZ
LA SECRET.....