El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÒN: Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, visto el pedimento hecho por la parte actora Abg. Givannina Sottile, y en cumplimiento de la comisión conferida, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declaró formal y solemnemente Secuestrado el inmueble consistente en un Local Comercial, marcado con el Nº 8, ubicado en Residencias Los Compadres, Avenida dos (2) Lora con Calle 35 de esta Ciudad de Mérida, de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, quedando afecto el inmueble para responder a la arrendataria si hubiere lugar a ello. Seguidamente este Tribunal,.....