Este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se ABSTIENE de practicar la Medida Ejecutiva de Embargo, e insta a la parte ejecutante a señalar otros bienes propiedad de la parte demandada, tal como lo señala el Articulo 534 del Código Adjetivo. Y ASI SE DECIDE.