HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, en consecuencia, se le imparte el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio, se suspende la medida de embargo decretada, se agrega a los autos el cuaderno de embargo y los recaudos de intimación que se libraron, el Tribunal se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la obligación contraída, igualmente visto que se libro exhorto al Juzgado Ejecutor de Medidas de esta Ciudad a los efectos de la práctica de la medida preventiva decretada se ordena recavar el mencionado exhorto, vista la transacción realizada.-
LA JUEZ
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO
LA SECRETARIA
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.