El Tribunal dictó decisión declarando la nulidad del auto de admisión de fecha 16 de diciembre de 2014 (folio 16); asimismo, declara la validez del poder apud acta otorgado por el ciudadano JOSE ENRIQUE HERNANDEZ RAMIREZ, en fecha 12 de enero de 2015 (folio 17); así como de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 12 de febrero de 2015, mediante la cual declinó la competencia en este Tribunal y las demás actuaciones relativas a la misma, en el juicio incoado por el ciudadano JOSE ENRIQUE HERNANDEZ RAMIAREZ, asistidos por los abogados IVAN GOLFREDO MALDONADO PEREZ y FRANK REINALDO VERA OSORIO. Y, consecuencialmente, se reordena el proceso a los fines de que la demanda propuesta cumpla con los requisitos formales exigidos por el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, especialmente aquellos relativos a la promoción de pruebas; en consecuencia, repone la .....