En atención a las consideraciones precedentemente señaladas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su competencia para conocer y decidir el Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano JUAN RUIZ PABA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.787.137, asistido por los abogados LUIS HUMBERTO MOLERO URDANETA y MARYULY CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 8.696.181 y V- 25.438.471, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 239.593 y 257.045, en su orden, contra Providencia Administrativa Nº 00476-2016, de fecha 19 de septiembre de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida, contenida en el expediente Nº. 026-2016-01-00085
SEGUNDO: Se adm.....