DISPOSITIVA
En merito a lo expuesto este Tribunal de Control Nº 01 de la Sección de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mèrida, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO A FAVOR DEL ADOLESCENTE (SE OMITEN DATOS DE IDENTIFICACION ARTICULOS 65 Y 545 LOPNA), antes identificado, quien se encuentran asistidos por la defensor Publico, Abg. Ana Julia Mora, en consecuencia acuerda SUSPENDER EL PROCESO A PRUEBA, por el termino de DOS (02) MESES contados a partir de la presente resolución, venciendo el termino el día 07 de Julio del año 2005; fecha después de la cual la ciudadana Fiscal deberá solicitar el sobreseimiento definitivo si las adolescentes han cumplido con las obligaciones ut supra señaladas en la presente resolución; en caso contrario se reanudará el proceso. Y ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL Nº 1
ABOG. FRANCISCO JOSÉ RODRIGUEZ MEJIAS
LA SECRETARIA
ABOG. _____.....