DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a los Solicitantes ya identificados; en consecuencia Declara:
Primero: Con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por los Ciudadanos JUDITH MARÍA, ARIS JANETT, JHOSMAR DEL VALLE Y JOHANNA JOSELINE FAJARDO SAAVEDRA Y JHOSUE MICHEL MARDELLI SAAVEDRA, venezolanos, mayores de edad, solteras la primera y la segunda, divorciada la tercera y solteros la cuarta y el quinto, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-6.373.886, V-8.012.062, V-8.035.065, V-14.4.....