:Este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO a favor del Ciudadano JOSE PABLO MARQUEZ VARELA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-9.396.960, domiciliado en la Palmita , calle principal, casa N°- 54-45, Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 108 ordinal 5° del Código Penal. En perjuicio del Ciudadano ALTUVE RANGEL JOSE ANTONIO, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-9.396.960, domiciliado en la Calle Priscila de La Palmita, casa s/n, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma. Y así se decide. Notifíquese a las partes, si no es posible su notificación personal la misma debe ser hecha de conformidad con lo establec.....