El Tribunal dictó decisión interlocutoria y homologó la transacción efectuada mediante diligencia de fecha 1º de junio de 2007, suscrita por los ciudadanos MANUEL BUITRAGO INIESTRA y GLADYS JOSEFINA URDANETA DE BUITRAGO, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En cuanto a la solicitud de que se suspendan las medidas de embargo y prohibición de enajenar y gravar, el Tribunal resolverá por auto separado, por cuanto el cuaderno de la medida de embargo se encuentra en el Juzgado Superior Cuarto Agrario, con sede en Barinas, en apelación.