Oye dichas apelaciones en AMBOS EFECTOS, en tal virtud y por cuanto las mismas fueron solicitadas dentro del lapso legal correspondiente, remítase el original del presente expediente al TRIBUNAL (DISTRIBUIDOR) SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a los fines de que a quien corresponda conozca de la misma. Désele salida y remítase con oficio.-
LA JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA.