DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA; a favor del joven adulto: LEONARDO JOSE QUINTERO FLORES, venezolano, fecha de nacimiento 24/12/2008, 13 años de edad, soltero, estudiante de segundo año de bachillerato, titular de la cédula de identidad Nro. V-32.798.486, hijo de Maribel Flores y Leonardo Quintero Peña, residenciado en la Urbanización Santa Eduviges, vía Los Guáimaros, calle 7, casa 94, Ejido, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, teléfonos 02742601157 / 04165724989; de conformidad con lo establecido en el en el artículo 561, literal "D" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Artículo 300 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto EL HECHO OBJETO DELPROCESO NO PUEDE ATRIBUIRSELE AL IMPUTADO. Y ASÍ SE DECIDE.