En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación formulado por el Abogado José Jacob Avendaño Plaza en su carácter de apoderado judicial de la parte Demandante en el presente asunto, contra la decisión proferida por el extinto Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha veintiséis (26) de Mayo de 2004, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se confirma la decisión proferida por el extinto Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha veintiséis (26) de Mayo de 2004, mediante la que declaró la perención de la instancia en la presente causa.
TERCERO: No hay condenatoria en co.....