En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sede Alterna El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ALEJANDRINO CALVO ÁLVAREZ, en contra ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DEL ESTADO MÉRIDA, en la persona de los ciudadanos LUIS OMAR DITTA Y DANIEL EDUARDO CHIRINOS en su condición de Alcalde y Sindico Procurador Municipal, respectivamente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del proceso, en virtud de que no consta en autos, que la parte demandante percibiera como salario mensual, una cantidad mayor a tres salarios mínimos, conforme lo estatuye el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: En cumplimiento de lo preceptuado en.....