este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara extinguida la acción penal y en consecuencia, decreta el sobreseimiento de la causa a favor del acusado LEIVER YAXIMIR BELANDRIA ORTIZ, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V.- 17.793.912, fecha de nacimiento 04-02-1987, de 24 años de edad, Natural de El Vigía Estado Mérida, Profesión Policía, Bachiller en Ciencias, hijo de Albin Ramón Belandría (v) y de Ana Julia Ortiz (v). Residenciado, en Bubuqui VI, calle principal casa N° 05, El Vigía Estado Mérida teléfono 0416-1759379 y 0275-4152433; por la presunta comisión del delito AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 41 Y 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en armonía con el articulo 15 numerales 3 y .....