Recibida, por distribución de fecha 06 de Julio de 2015, realizada por este Tribunal, la presente solicitud de homologación del convenimiento suscrito por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida, por los ciudadanos JOSE ALEXANDER QUINTERO COTE y MARIA ANDREINA TORO VIERA, venezolanos, mayores de edad, Agricultor y oficios domésticos, titulares de las cédulas de identidad Nos V-13.117.615 y V-17.305.233, domiciliados, él primero en el Sector Plaza Miranda y ella en el Sector Pueblo Rosado, ambos del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Obligación de Manutención y Bonos a favor de su hijo (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de doce (12) años de edad.-