El Tribunal homologo convenimiento suscrito por los ciudadanos: MARIA ALICIA UZCATEGUI LACRUZ y JOSE ROQUE LAGUNA QUINTERO , venezolanos, mayores de edad, solteros, de oficios del hogar y obrero, titulares de las cédulas de identidad Nros V-22.929.381 y V-23.725.521, respectivamente, domiciliados, ella en el Sector Mucusé s/n y él en el Sector casa de teja, ambos de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos a favor de sus hijos (morochos) de ocho (08) años de edad y de la niña (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de once (11) años de edad, respectivamente