El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: Consumada la perención y en consecuencia extinguida la instancia en la presente solicitud, seguida por el ciudadano HUGO LINO MONTERO ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.202.754, con domicilio en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, por SOLICITUD DE INSPECCIÓN JUDICIAL.
SEGUNDO: Según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de este pronunciamiento.
TERCERO: Se ordena la notificación de la parte solicitante ciudadano HUGO LINO MONTERO ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.202.754, con domicilio en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, de conformidad con la parte in fine del artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, hacién.....