En consecuencia este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción judicial Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio por mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos: MARIA DANIELA BELANDRIA DE AZAM y SAUD YADALA AZAM CASTAÑEDA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros V-24.879.703 y V.-17.290.433, domiciliados en la Parroquia Tovar del Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, a través de su ABOGADA: LEIDY MARIAN RUJANO MOLINA. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Méri.....