PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a decretar en rebeldía al adolescente: ANDERSON JAVIER BRICEÑO LOBO, y ORDENA LA UBICACIÓN INMEDIATA del adolescente: ANDERSON JAVIER BRICEÑO LOBO, titular de la cedula de identidad Nº V- 32.086.989, venezolano, natural de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, fecha de nacimiento 02-07-2007, de 16 años de edad, de ocupación estudiante, domiciliado en el Sector San Jacinto, Urbanización Cinco Aguilas Blancas, calle 1, casa Nro. 50-01, Parroquia San Jacinto Plaza, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida.- Se ORDENA SU INMEDIATA UBICACIÓN por el lapso de Cinco (05) días contados a partir de la presente fecha, para lo cual acuerda librar el correspondiente oficio dirigido al Servicio de Investigación Penal ubicado en la Avenida 16 de Septiembre (SIP) y UENNAPEM, a los fines que ubique al prenombrado adolescente y una vez colocarlo a disposición del tribunal una vez agotado el lapso y no ubicado s.....