ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano: PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1 del derogado Código penal, en concordancia con el artículo 415 ejusdem, en perjuicio del ciudadano YENNI MARQUEZ, no se encuentra plenamente identificada en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3 en concordancia con el articulo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 108 ordinal 7º del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, y en caso de no ser localizados la victima, publíquese la respectiva boleta de notificación en la puerta del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Notificadas las partes, remítase al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Certif.....