Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE LA FISCALÍA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO, en lo atinente a que se le escuche declaración al imputado y se convoque a la victima a la celebración de la audiencia, DE REVISIÓN LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN y DE SEGURIDAD impuestas en fecha 17-07-07, por la Subcomisaria Policial N° 12 del Estado Mérida; toda vez que en el presente asunto penal no se está en presencia de los supuestos establecidos en los artículos 88 y 99 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que proceda la REVISIÓN DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN y DE SEGURIDAD.SEGUNDO: Acuerda instar al Ministerio Público, para que notifique a la Víctima a la Audiencia a celebrarse en el Despacho Fiscal, con moti.....