Se declaró CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia, interpuesta en fechas 26 y 27 de mayo de 2015, por los abogados LUIS ALBERTO MARTÍNEZ MARCANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadanos FRANCISCO ANTONIO UZCÁTEGUI RIVAS, BELKIS MARÍA UZCÁTEGUI VALERO y MARÍA CONCEPCIÓN VALERO DE UZCÁTEGUI; BETTY JOSEFINA RONDÓN, apoderada judicial del codemandado, ciudadano SERGIO RANIERI y por el profesional del derecho GUZTAVO UZCÁTEGUI CAMACHO, en su condición de apoderado judicial de la codemandada, ciudadana LUZ MARINA UZCÁTEGUI RIVAS, respectivamente, como medio de impugnación contra la sentencia interlocutoria proferida el 30 de septiembre de 2014, por el JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, mediante la cual se declaró incompetente para conocer la presente causa.