Siendo las nueve y veinte minutos de la mañana, habiendo salido el Tribunal de su sede a las nueve de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en el edificio Costalmar, piso 1, frente al apartamento signado con el N° A-1, ubicado en la calle 23 entre avenida 5 y 6, jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Mérida, y en cumplimiento a la comisión, conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, este Tribunal se abstuvo de practicar la medida de secuestro, a solicitud de la parte actora. La Juez Provisorio (fdo) Abg. Iria Bracho de Suárez firma ilegible. La Secretaria (fdo) Hélides Lacruz.