Este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad la ley, ACEPTA COMO FIADORAS de los imputados Luis Alberto Urdaneta Meneses y Reuman Antonio Sánchez Gutiérrez, a las ciudadanas Maria Ofelia Gutiérrez Márquez, titular de la cédula de identidad N° 8.023.159 y Gladys Gutiérrez Márquez, titular de la cédula de identidad N° 5.200.848, de conformidad con el artículo 258 . Así se decide.
En consecuencia, se ordena la citación de las prenombradas ciudadanas para el día lunes 10/10/2005, a las 9:00 de la mañana, a los fines de constituir el acta de fianza respectiva, donde se comprometerán a cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales se refieren a:
1. Que los imputados no se ausentarán de la jurisdicción del Tribunal.
2. A presentarlos a la autoridad que designe este Tribunal, cada vez que así lo ordene.
3. .....