:Decisión N° 230/09 QUE DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en favor del ciudadano CIRO ALEXANDER MUÑOZ GUERRA, con fundamento en el artículo 318 numeral 3 del Código Adjetivo Penal, por LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, según lo previsto en el artículo 48 numeral 7 eiusdem, por los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana YOSMAIRA ROSALÍA PARRA RAMÍREZ. Conforme el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda el cese de las Medidas de Protección y Seguridad, establecida en el numeral 6 del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, y que fue acordada a favor de la victima en fecha 05 de mayo de 2008.