El Tribunal dictó sentencia definitiva declarando: PRIMERO: SUSPENDE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN PECUARIA, decretada por este órgano jurisdiccional en fecha veinte (20) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), la cual fue solicitada por el ciudadano CARLOS EDUARDO ARAUJO PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.592.749, domiciliado en el Sector "Los Camellones", Parroquia Gonzalo Picón, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistiendo por el Principio de la Unidad de la Defensa Pública abogada CARMEN BEATRIZ MÁRQUEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.031.883, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 80.650, sobre lote de terreno ubicado en el sector "Los Camellones", Parroquia Gonzalo Picón, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida. Y así se decide.-
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior se ordena ofici.....