´MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, intentada por la Ciudadana KATHERIN FERNANDA PEÑA LUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 23.499.434, representada por la Abogada en ejercicio HEIDI ESTELA PEÑA GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.106.375, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.654, contra el Ciudadano FABIAN RICARDO MARCUCCI LUZARDO, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la sentencia número 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con carácter vinculante, así como la sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, No. RC.000136, de fecha 30 de marzo de 2017. .
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE LOS PRENOMBRADOS CIUDADANOS, con arreglo al matrimonio civil, que ambos.....