Este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE SECUESTRADO, el inmueble ubicado en el sector El Corozo, carrera 7 con calle 4, frente a la Panadería Roger de esta ciudad de Tovar, DECRETA la desposesión jurídica del mismo y de conformidad con lo solicitado por el Apoderado Judicial de la parte ejecutante designa como Depositaria Provisional a la ciudadana CARMEN TERESA VARELA AVENDAÑO, plenamente identificada en autos, quien aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley. Seguidamente el Tribunal procede a poner en posesión de la Depositaria Provisional nombrada del bien inmueble y a quien se le hace saber las normas que debe cumplir contempladas en la Ley Sobre Depósito Judicial.