DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Declara INCOMPETENTE en razón de la Materia y DECLINA el conocimiento de la presente causa al Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario, con sede en El Vigía de esta misma Circunscripción Judicial; por imperio del artículo 2 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.991 Extraordinario del 29 de julio de 2010; en consecuencia, una vez quede firme la presente decisión remítanse las presentes actuaciones, con oficio, al Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario con sede en El Vigía de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, a los fines que conozca de la presente causa.
Pa.....