este Juzgador de conformidad con los artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el presente convenimiento y en consecuencia procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, no se archive el expediente hasta tanto no se verifique el último de los pagos. Así se establece. Agréguese Cuaderno de Medidas al Expediente principal.