DECISIÓN Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Se declara competente este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. Sede El Vigía, para conocer de la presente causa de COLOCACIÓN FAMILIAR Y REPRESENTACIÓN LEGAL. En aplicación de los artículos 75, 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 8, 25, 26, 125, 126 literal i, en correlación con los artículos 128, 129, 177 Parágrafo Primero Ordinal h), 131, 395, 396, 397 literal a), 398, 399, 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se Declara: PRIMERO: con Lugar la COLOCACIÓN FAM.....