este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY OTORGA el Beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado VICTOR MANUEL VARGAS VEGA, colombiano, natural de Cúcuta, titular de la cédula de ciudadanía colombiana N° 24.854.789, de 44 años de edad, nacido en fecha 26-09-1961, residenciado en el Barrio El Tejar, Calle Principal, Casa S/N, a dos cuadras de la Policía Rubio, Estado Táchira y/o Calle Principal Barrio Lomitas, Casa 2-42, Municipio de Villa del Rosario, Mérida Estado Mérida. Quedando recluido en el Centro de Pernocta "José María Olaso", bajo la supervisión, orientación y control de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Coordinación Zonal N° 01 del Estado Mérida, imponiendo el Tribunal las siguientes condiciones:1. - No cometer, ni involucrarse en la realización de delitos, por cuanto se le revocará el beneficio .....