Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la aprehensión en situación de flagrancia de los ciudadano WILMAN JOSE RIVAS SOUCES, antes identificado, por considerar que se dan los supuesto del artículo 248 del COPP, ya que fue aprehendido a poco de haber cometido el delito.
SEGUNDO: Con Lugar la calificación jurídica de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, artículos 16 y 17, respectivamente con la agravante del artículo 21 ejusdem.
TERCERO: Continuar la presente causa por la vía del procedimiento ordinario, solicitado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público; en consecuencia, una vez fundamentada la presente decisión, remítase las actuaciones a la fiscalía Segunda del Ministerio Público.
CUARTO: Parcialmente Con Lugar medida cautelar sustitutiva, de presentación una .....