DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto anteriormente, y en vista de que nos encontramos en presencia de un contrato de arrendamiento a tiempo indeterminado, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA declara sin lugar la demanda de cumplimiento de contrato incoada por la ciudadana ELIZABETH OBALLOS CARRERO, asistida por el abogado FREDIS ALEXIS CONTRERAS, ya identificados, en contra de la ciudadana ELVA FIDELIA ESCALANTE, igualmente identificada, por cuanto se considera improcedente la acción y así se decide. En consecuencia se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto esta sentencia es dictada fuera del lapso legal se ordena notificar a las partes de la misma, de conformidad con lo establecido en el articulo 251 del Código de Procedimiento Civil.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO.....