Este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 599, Ordinal 7 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA SECUESTRADO Preventivamente un Apartamento, signado con el Nro. 16, Planta Baja, Conjunto Residencial Centenario, Edificio Nro. 04, de la Ciudad de Ejido, Estado Mérida