ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano: TEOFILO DURAN, titular de la cédula de identidad Nro. 3.395807, residenciado en la avenida 11 casa N° 10-26, E Vigía Estado Mérida, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2º del Código Penal derogado, en concordancia con los artículos 417 ejusdem., en perjuicio del ciudadano HUGOLINO MOLINA QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nro. 2.288.872, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3 en concordancia con el articulo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 108 ordinal 5º del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, y en caso de no ser localizados el imputado y la victima, publíquese la respectiva boleta de notificación a las puertas del Tribunal de conformidad con lo establecido en el .....