Este TRIBUNAL DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano FREDDY JOSE INFANTE BRACHO, venezolano, de 44 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° 9.319.654, natural de Bobures Estado Zulia, nacido en fecha 27-05-19*63, hijo de Augusto Antonio Infante Lara (m) y Elia Elena Bicho Sánchez (v), domiciliado en la Urbanización La Inmaculada, 3era. Calle, casa Nº D-32. Tucaní Estado Mérida, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LILIANA MARGARITA INFANTE BRACHO. 2°) Se acuerda la tramitaci.....