Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, en cumplimiento de la Comisión conferida, por el Tribunal Penal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, conforme a auto dictado por este Tribunal en fecha 06/04/2011, el cual corre inserto al folio veinte (20) del presente cuaderno de medida, se trasladó y constituyó frente a un inmueble ubicado en el Sector El Arenal, Vía la Joya, Conjunto Residencial "Los Naranjos", casa Nº 02, del Municipio Libertador del Estado Mérida, con el fin de continuar con la ejecución de las medidas cautelares preventivas. Procediendo el Tribunal a notificar a la Ciudadana: Carolina Noguera, quien manifestó que el inmueble signado con el Nº 02, se encuentra desocupado, que los Ciudadanos: Frank Belandría y Javier Valero, no viven en el Conjunto Residencial y que no sabe donde ubicarlos, y al observar que evidentemente, todos los inmuebles se encuentran ocupados menos el Nº 02, y por cuanto .....