ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emiter los siguientes pronunciamientos: 1.- Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 330 numerales 2 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado RAMIRO CONTRERAS PEÑA, venezolano, soltero, agricultor, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.390.715, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 13-02-1960, hijo de María Fernanda Peña (v) e Hilarión Contreras (v), domiciliado en la Pedregosa, Cerro Azul, Sector Caño Blanco, Casa sin número, como a 1 kilómetro después de la Escuela. El Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra .....