DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Inadmisible la demanda interpuesta por la ciudadana NANCY COROMOTO CASTILLO LARA, antes identificada, asistida por la abogada en ejercicio XIOMARA PEÑA, igualmente identificada, en contra del ciudadano ISIDRO RANGEL GONZÁLEZ, antes identificado, por la existencia de inepta acumulación de acciones establecida en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas.
TERCERO: Por cuanto la decisión sale dentro del lapso previsto en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, no se requiere la notificación de la parte actora.
CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del .....