En este estado, el Secretario le indicó a la solicitante que habiendo quedado plenamente identificada, expresara su acuerdo o no con la solicitud de partición y liquidación amistosa de bienes conyugales hecha por el ciudadano STEFANO VITTORIO CADAMURO ASTOLFO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 6.823.270 de este domicilio y civilmente hábil, enviada vía correo electrónico a lo que respondió la ciudadana: "Sí estoy de acuerdo con la partición y liquidación amistosa de bienes conyugales y ratifico a los abogados presentes por medio de Poder Apud Acta que le fue presentado en la Audiencia Telemática". Seguidamente, el Juez le manifestó a la parte solicitante que en virtud de su conformidad con la partición y liquidación amistosa de bienes conyugales, el Tribunal pasará a dictar sentencia una vez establecido los lapsos correspondientes. Se da por concluida la presente audiencia. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ
ABG. JORGE GREG.....